La Ley Federal de derechos en el artículo 49, indica diversas opciones deacuerdo con el tipo de operación de comercio exterior a realizar:
- Del 8 al millar sobre el valor en aduana
- 1.76 al millar sobre el valor en activo fijo
- Importación temporal de insumos de IMMEX
- Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado
- Importación y exportación de mercancías exentas de impuestos
- Retorno de mercancías importadas o exportadas definitivamente
- Importaciones o exportaciones temporales para su retorno en el mismo estado
- Exportación con o sin pedimento consolidado
- Las efectuadas por estados extranjeros
- Rectificaciones
- Transito interno
- Transito internacional
- Extracción para retorno de almacén general de deposito
- Pedimentos parte II
- Importación de oro
Los montos por pagar van desde $323.00 a$3,614.00 MN para las cuotas fijas, también se debe de considerar las opciones que te dan los diferentes tratados y acuerdos de libre comercio que México tiene firmados con otros países.
¿Estás pagando correctamente el DTA en tus pedimentos?
La Ley Federal de derechos en el artículo 49, indica diversas opciones de acuerdo con el tipo de operación de comercio exterior a realizar:
En Opticomex Advisors te podemos confirmar sí es correcto el pago que realizaste a través de una auditoria preventiva.
Mayo 2020